10/08/2023

En escena

Grupo mapuche será juzgado por usurpar tierras en Bariloche

Ocho integrantes de dos comunidades mapuches que ocuparon un lote al pie del cerro Ventana, a 15 kilómetros de San Carlos de Bariloche, serán juzgados por el delito de usurpación tras que la Corte Suprema de Justicia rechazara los planteos que presentaron sus abogados defensores. Se trata de siete integrantes de la Comunidad Lof Che Buenuleo y el lonko de la comunidad Pillan Mahuiza, Mauro Millán, a quien la querella señala como uno de los principales instigadores a la usurpación.


Cabe mencionar que Ramiro Buenuleo, uno de los imputados, deberá afrontar cargos por una amenaza de bomba que protagonizó para entorpecer una audiencia judicial por el mismo delito que se realizaba en el edificio de Tribunales de Bariloche, en septiembre de 2022. Según la investigación que realizó el Ministerio Público Fiscal, el imputado fue señalado como coautor de esa comunicación, motivo por el que se iniciaron actuaciones paralelas por intimidación pública.

En tanto, la fiscal jefe Betiana Cendón explicó que esa amenaza de bomba "no afectó únicamente al proceso judicial en el que está involucrado la comunidad mapuche, sino que además perturbó el normal desarrollo de las audiencias que se realizaban en Tribunales, incluidos otros fueros o reuniones civiles".

De esta manera, la Corte rechazó el recurso presentado por los abogados Fernando Kosovsky y Matías Scharer en representación de Mauro Millán, Nahuel Aucan Maliqueo, Nicolás Antonio Quijada, Lucas Emmanuel Dinamarca y Rosa Mabel Buenuleo y de Ezequiel Palavecino en representación de Claudio Javier Raile, Sandra Noemí Ferman y Ramiro Buenuleo.

El juicio oral y público se realizará a fin de octubre o comienzos de noviembre. "Los imputados se quedaron sin instancias de apelación. Lo próximo es el juicio y vamos por la condena de los ocho imputados", indicó el letrado de Emilio Friedrich, quien invoca la propiedad del predio.

Por su parte, las defensas de los mapuches explicaron que no cometieron delito y apuntaron a la caducidad de la persecución penal. El juzgado rechazó esos argumentos y las defensas apelaron esa decisión. Alegaron que, en base a la Resolución N° 90/2020, del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), el 21 de septiembre de 2020 se le había reconocido a la Comunidad Lof Che Buenuleo la "ocupación actual, tradicional y pública" de un territorio de 481 hectáreas.

La comunidad se encuentra en el predio en litigio, en donde se produjeron numerosos enfrentamientos y episodios violentos, por los que las autoridades judiciales de Río Negro ordenaron una custodia permanente a cargo de la Policía de la provincia. Sus integrantes defienden la preexistencia en el lugar. Pero, Antonio Buenuleo, extinto líder de la agrupación, comercializó esporádicamente distintas porciones del terruño a diferentes compradores. Sus descendientes desconocen esas operaciones y por ese motivo se afincaron en la zona.

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